Los cursos formativos quedan fuera de las bonificaciones de la Fundación Tripartita y el Fondo Social Europeo, con lo cual no pueden formar parte de un plan de formación continua para empleados por cuenta ajena.
Si tiene interés en realizar alguno de los cursos formativos puede solicitar información sin compromiso pinchando aquí.
Al igual que los intensivos a la finalización recibirá el diploma acreditativo de aprovechamiento del curso.
Requisitos que tiene que reunir el Alumno.
Si su situación es desempleado o en activo igualmente podrá cursar esta formación para ampliar sus conocimientos mediante financiación propia.
Al ser cursos de perfeccionamiento personal no requiere unos requisitos mínimos en cuanto a estudios así como conocimiento previo de la materia, con lo que cualquier persona con deseos de mejorar los puede realizar. El período de matrícula para estos cursos varia según los contenidos del mismo.
|
Beneficiate de las bonificaciones mediante la Fundación Tripartita para empresas
Si desea recibir información sobre las bonificaciones que su organización podrá aplicarse en las cotizaciones a la Seguridad Social, por la realización de nuestros cursos, envíe un correo a: solicitud-empresas@emaroposiciones.es
Si está interesado en solicitar financiación para estos cursos, debe saber que las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada dicha formación (ORDEN TAS/2307/2007).
Dicho crédito o cuantía para formación que se asigna a cada empresa está en función de su plantilla y se fija teniendo en cuenta el importe ingresado por las empresas en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior, mediante la aplicación a dicho importe de un porcentaje de bonificaciones que se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio.
En todo caso, se garantiza un crédito mínimo de bonificación en la cuantía que se determine en la ley anteriormente citada, que parte de 420 € para las empresas con menos trabajadores.
Requisitos que tiene que reunir la empresa
- Tienen derecho a acogerse todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social. |
- Estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social y Hacienda. |
- Haber efectuado el pago del curso según la tarifa que recoge el catálogo de cursos y forma de pago y siempre antes de realizar la bonificación. |
- Seguir las instrucciones necesarias que le haremos llegar a la finalización del curso, para presentar los Seguros Sociales aplicando la bonificación y la forma correcta de contabilizar el gasto por formación continua. |
|